domingo, 28 de octubre de 2012

Dos ilegalidades del "régimen" y un error político. (Nicmer Evans)

Acontecida la semana que culmina. No sólo para la crítica y la autocrítica, sobre la que algunos hemos sido señalados negativamente hasta que el Presidente reivindicó los términos y ahora están de moda (esperemos que para bien de la eficiencia y la eficacia), sino, también para un feroz ataque a la legalidad e inconstitucionalidad de algunos temas y un error político que pasamos a enumerar.

Primera ilegalidad del "Régimen": Las Comunas.

Hasta ayer, la oposición defendía las misiones y los Consejos Comunales, afirmando que serían integrados a sus políticas del "progreso", hoy dicen que son inconstitucionales porque el Pesidente afirmó que la base del desarrollo del proyecto socialista y bolivariano que el pueblo ratificó el 7 O deben ser Las Comunas. Sobre el tema recomiendo por asuntos de espacio releer el artículo 70 de LCRBV, donde expresamente habla del poder vinculante de las Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas, y el estímulo de otras formas de organización social, remitiendo su desarrollo a las leyes de la República derivadas de este mandato.

Las Comunas son constitucionales, ya son formas de agregación socio productiva de los Consejos Comunales, que a su vez se constituyen por decisión de las Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas, cumpliendo el mandato constitucional del poder vinculante que se les otorga en el art. 70 de LCRBV, o ¿Acaso Fedecamaras, el Municipio Chacao o la UCVcomo no aparecen en La Constitución taxativamene entonces son inconstitucionales? Este es un argumento miserable que se cae por su propio peso. La ignorancia tiene patas cortas.

Segunda ilegalidad del "Régimen": La migración de candidatos y acompañantes.

La polémica sobre si es legal o no la posibilidad de que los candidatos del PSUV no inscritos en los estados donde fueron postulados pudiesen ser reubicados no tiene soporte argumentativo ya que las normas siempre tienen fisuras de discrecionalidad en el momento de beneficiar al ciudadano. El artículo 28 del Reglamento Electoral permite a los afectados solicitar que se subsane su demanda en el registro y el CNE deberá dar respuesta oportuna, incluyendo su reclamo en el siguiente corte del Registro Electoral. Todo esto da pie a una serie de elementos técnicos y procedimentales que permitirán legalmente demostrar su viabilidad, pero todo esto es innecesario. Ahora el CNE deberá permitir la migración de quien lo exija sin poder negar a nadie ese derecho, ya que ha sido legal pero sin duda políticamente arbitrario.

Un error político.

Así como la sanción a la gorra tricolor, el CNE, como poder autónomo toma decisiones que pareciera no medir políticamente porque no es su competencia aparente, por imprudencia o por un exceso de tecnicismo apolítico. La gorra se convirtió en un símbolo de campaña que Capriles y la oposición no tenían, y ahora la aprobación de una "excepción" podrá favorecer los argumentos de la oposición sobre un CNE señalado de "parcial", y por tanto hará daño a los candidatos de Chávez, sin sentido, ya que el artículo 160 de LCRBV y el artículo 114 del reglamento son muy claros, no es necesario vivir o estar inscrito en el RE del estado para aspirar ser Gobernador, entonces para qué perder el tiempo en eso. Políticamente un error del PSUV que le está dando argumentos al enemigo.

Sin embargo el error es de origen, existe una contradicción cuando hablamos de Las Comunas y el Poder Popular como base estructurante del socialismo pero no confiamos en las bases para la elección de candidatos con liderazgo propio para que sean los candidatos del PSUV, ojalá eso se corrija para las elecciones a Alcaldes, si no, será perjudicial para los resultados esperados.

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