lunes, 29 de agosto de 2011

Salario mínimo de 1.548,00 Bs.F a partir de primero de Septiembre. (Homologado a pensionados del sector público y del IVSS).

A partir de este jueves 1ro de septiembre entra en vigencia la segunda porción (10%) del aumento del salario mínimo, a 1.548 bolívares, de acuerdo al decreto presidencial 8.167 que fue publicado en la Gaceta Oficial No 39.660, de fecha 26 de abril de 2011.

Cuando se anunció el ajuste del salario mínimo equivalente al 25%, se explicó que el mismo sería aplicado en dos etapas.

La primera entró en vigencia a partir del 1 de mayo, con un aumento del 15%, que colocó el salario mínimo en 1.407 bolívares.

Dicho ajuste también será homologado para las pensiones de los jubilados de la administración pública y del Instituto Venezolano del Seguro Social (IVSS).

De igual manera se ajustó la escala de sueldos para cargos de funcionarios públicos de carrera y obreros de la administración pública.

Para los funcionarios públicos la escala tiene ocho grados: tres para bachilleres (BI, BII, BIII), dos para técnicos (TI, TII) y tres para profesionales universitarios (PI, PII, PIII). Cada uno de estos grados consta de siete niveles.

Están excluidos de la aplicación del presente decreto los funcionarios y empleados al servicio de los entes u órganos de la administración pública con sistemas de remuneraciones especiales o diferentes.

En el caso de los obreros de la administración pública el tabulador establece un mínimo y un máximo en el que se ubica el salario básico de acuerdo al grado que le corresponda. Consta de diez grados: cuatro para obreros no calificados, cuatro para obreros calificados y dos para supervisores.